En base a la profunda riqueza natural que caracteriza a las Islas Cíes, desde los diversos órganos de la administración con competencia en gestión de espacios naturales, se apuesta y se centran esfuerzos por la protección y preservación de estas magníficas condiciones de singularidad ecológica y ambiental.
De manera particular, las Islas Cíes destacan por haber sido designadas bajo el amparo de diversas figuras de protección ambiental y de contar con sistemas específicos de gestión y conservación.
En la siguiente tabla se recogen algunas otras designaciones de las Islas Cíes:
Zonas de interés general por su ecosistema o hábitat, cuya conservación es compatible con el aprovechamiento de sus recursos y las actividades de sus habitantes.
Espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, poco transformados que, por la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora, fauna o geología, poseen valores cuya conservación merece una atención preferente.
Son espacios en los que, por sus valores o interés natural, cultural, científico, educativo o paisajístico, sea necesario asegurar su conservación.
Convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico nordeste.
Zonas de Europa designadas de interés comunitario por su potencial contribución a restaurar el hábitat natural, incluyendo los ecosistemas y la biodiversidad silvestre.
Zonas a proteger para evitar la contaminación y el deterioro de los lugares en que habitan y nidifican las aves de forma permanente o en sus migraciones.
No es hasta el año 2002 que se crea, acordado por el Congreso de los Diputados, el Parque Nacional Marítimo – Terrestre de las Illas Atlánticas, del cual las Islas Cíes no sólo forman parte junto a las islas de Ons, Sálvora y Cortegada, sino que son el peso más importante tanto a nivel de extensión, como de importancia y riqueza biológica, así como al respecto de su estado de conservación. Sobre este último punto es importante advertir que estas islas han sido capaces de convertirse en espacio de uso y disfrute, sin poner en entredicho la conservación del bien natural, gracias a las diversas medidas de protección y a no contar con zonas de asentamiento humano permanente y a su escaso desarrollo económico.
A la par de su valor natural, se constituyen además como un territorio de gran valor patrimonial y cultural, que hacen de estas islas lugares que albergan leyendas, tradiciones, etc; y una riqueza singular histórica.
Además de constatar su riqueza, estas figuras aseguran medidas de gestión que contribuyen a asegurar la protección y conservación de los espacios. Para ello, se establecen limitaciones específicas y se regulan actividades que en ellas se desarrollan, a través de una zonificación del espacio estableciendo criterios de usos, visitas, etc; todo aquello que pueda llegar a alterar o poner en peligro la estabilidad de los ecosistemas.